La Superintendencia de Industria y Comercio actualizó la normativa con respecto a la forma de cobrar las propinas.
La Superintendencia de Industria y Comercio actualizó la Circular Única que regula las disposiciones sobre el pago de propina, que incluye normas sobre cómo se deben informar los precios, la voluntariedad de pagarla o el derecho a no hacerlo, entre otros.
La autoridad recordó que la propina es un reconocimiento voluntario que da el consumidor por el servicio recibido, por lo que puede no pagarse, y si bien los establecimientos pueden sugerir su valor, sin exceder 10% del valor de la cuenta, hay que preguntar antes de entregarla si desea incluirla o no, o modificar el monto que quiere pagar.
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Además, si antes de emitir la factura no se consultó al consumidor y se incluyó la propina, este tiene derecho a modificarla para no hacerlo.
Los establecimientos, además, deben tener en su entrada, cartas y listas de precios, información sobre la voluntariedad de la propina, su destinación y el derecho de no pagarla o modificar la cuantía sugerida. El aviso, además, tiene que informar que, ante cualquier inconveniente, los usuarios pueden acudir a la SIC.
En lo que tiene que ver con los precios, la entidad recordó que deben informarse a través de listas o cartas físicas.
"Sin importar el sistema de precios que elija el establecimiento, se debe garantizar siempre la visibilidad del precio y que el medio de información sea físico. El uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye dicha obligación", dice el documento.
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Además, los sitios no pueden exigir datos personales, permisos de acceso a aplicaciones o registros en páginas web para visualizar los precios.
Tampoco se deben utilizar en los listados elementos que induzcan a error sobre el valor del producto, "como lo son, por ejemplo, anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo 'precios en miles de pesos colombianos' o '20K'; o utilizar expresiones indeterminadas como 'según el tamaño' o 'según el peso'; o el uso de palabras que no correspondan al idioma castellano".
Estas normas regirán desde el 5 de noviembre de 2022 y quienes incumplan las disposiciones de la circular se exponen a sanciones de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales.
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— Q'hubo Cali (@QhuboCali) September 14, 2022