¿Es jurídicamente posible hacer una 'expropiación' a pensiones de los privados?

Esta semana se reavivó la polémica sobre una posible "expropiación" de recursos de los colombianos, luego de que el candidato Gustavo Petro se refiriera al tema de las pensiones y comentara que estas pueden funcionar como recursos públicos.

Ante la controversia, el gremio Asofondos desmintió la afirmación y explicó que los aportes a los fondos de pensión les pertenecen, únicamente, a los trabajadores, según lo indica el artículo 13 de la Ley 100, el cual señala que "los recursos del Sistema General de Pensiones están destinados exclusivamente a dicho sistema y no pertenecen a la Nación, ni a las entidades que los administran".

La polémica

En el debate realizado por Semana y el Tiempo, el candidato por el Pacto Histórico presentó una propuesta sobre pensiones, en la que entregaría un bono de $500.000 para más de tres millones de personas que no tienen recursos para su vejez.

Esto, según Petro, costaría alrededor de $18 billones, pero los recursos saldrían, no de una emisión por parte del Gobierno, sino gracias a una reforma en la que se modificaría la distribución de las pensiones.

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En su plan, además, no contaría con las administradoras de fondos privados (AFP), sino que crearía un fondo público para pagar los bonos a los jubilados, al que haría un traslado de todas las pensiones en caso de llegar a la Casa de Nariño.

Esto, para muchos, se trataría de una "expropiación" de los fondos privados, para que el Gobierno pueda usarlo como dinero público.

¿Qué dicen los analistas?

Su propuesta, como demuestran los analistas, presentaría algunos problemas de tipo fiscal, además de social. Según explicó José Ignacio López, director de Investigaciones Económicas de Corficolombiana, este nuevo sistema implicaría un déficit fiscal.

A pesar de las declaraciones de Petro, Diego Márquez, asociado de Del Hierro Abogados, dio un parte de tranquilidad, pues señaló que el candidato tendría que convencer al Congreso de la República para realizar la reforma pensional que propone, a parte de "desmontar" a las AFP.

"Eso no lo puede hacer Petro directamente, pues no tendría la facultad ni las potestades para decidir a dónde destinar el ahorro del régimen de ahorro individual", sostuvo Márquez.

El abogado, además, indicó que en el caso poco probable en el que se apruebe esta ley de reforma pensional, Petro se vería enfrentado a "muchas demandas", pues tiene que pasa por la Corte Constitucional para revisar si la propuesta se acomoda a la Constitución de 1991 y si está violando algún derecho fundamental como, por ejemplo, el de la propiedad privada.

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A su vez, Camilo Martínez, socio de DLA Piper Martínez Beltrán, aseguró que Petro se encontraría con otra institución como obstáculo: el Consejo de Estado. Este organismo comenzaría su jurisdicción en este caso, si el presidente decidiera tramitar este propuesta por medio de un acto administrativo.

Martínez proyecta que, en caso de que Petro tomara esta alternativa, lo más probable es que se vea enfrentada a una demanda, en donde entraría el Consejo de Estado y declarara la actuación como nula. También se podría restituir el estado que se tenía antes con las AFP o el ciudadano recibiría una indemnización, dependiendo de lo que solicite la demanda.

"El presidente elegido no puede tomar una decisión como esas solo, no puede tomar la decisión de tomar los ahorros de las personas que han estado en el régimen individual si no se hace a través de una Ley", apuntó Márquez.

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