Así Pasó

Gobierno precisa cómo sí mantendrá contratos de prestación de servicios

Desde el Gobierno Nacional salieron a emitir una circular en donde precisan los lineamientos para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en este 2023.

Luego de recibir duras críticas de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez y de la Procuraduría General que advirtió que podría haber una parálisis estatal, el Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Agencia Nacional de Contratación Pública y Colombia Compra Eficiente, en representación de todo el Gobierno Nacional, salieron a emitir una circular en donde precisan los lineamientos para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en este 2023.

El objetivo según lo anunció el presidente Gustavo Petro, es que desaparezcan ese tipo de contratos para darle una verdadera vinculación laboral a todos los trabajadores que en la actualidad no se les da todas las garantías.

Eso, según expresó la ministra Ramírez, es casi imposible cumplir antes de cuatro meses, el tiempo de plazo que se dio en diciembre pasado para cumplir la medida. En opinión de la ministra, no hay la disponibilidad de recursos para pagar los nuevos salarios que se proyectan.

Puede leer: “Los contratos por prestación de servicio deben pasar a la historia”: Gustavo Petro

En la circular del pasado 5 de enero, firmada por los directores de Función Pública, César Augusto Manrique, y de Colombia Compra Eficiente, Stalin Ballesteros García, se menciona que, para suscribir contratos tanto con personas naturales como jurídicas, los estudios previos que los respalden deberán indicar las razones por las cuales esas actividades que contratarán no las pueden realizar personas de planta o explicar, si es el caso, por qué esas funciones requieren de un conocimiento especializado.

Se precisa igualmente que las entidades objeto de la circular que no podrán suscribir contratos con personas naturales por un periodo mayor a cuatro meses, pero expone las excepciones en los que se podrán concretar contratos superiores a ese periodo.

“Los contratos mencionados podrán exceder el plazo de cuatro (4) meses siempre que, de manera expresa y clara, se precisen las razones que justifiquen la fijación de un plazo mayor, así como los motivos por los cuales resulta conveniente proveer tal necesidad a través de un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en lugar de la creación de un empleo de la planta temporal”, indica el documento.

La circular está firmada por los directores de Función Pública, César Augusto Manrique, y de Colombia Compra Eficiente, Stalin Ballesteros García.

“Los contratos de prestación de servicio es para fines puntuales, nunca para cumplir misiones permanentes de las institucionales, cuando se disfrazan contratos reales en CPS u OPS las entidades incumplen los mandatos legales y constitucionales y se precariza el empleo público”, afirmó el director Manrique.

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