Decretan toque de queda durante el puente festivo en el Valle


Este jueves 19 de marzo, la Gobernación del Valle anunció el toque de queda para este fin de semana.

"Nos permitimos dar a conocer Decreto 0691 firmado por la Dra. Clara Luz Roldan, mediante el cual se establece toque de queda durante el puente festivo, desde el viernes 20 de marzo a las 22:00 p.m. hasta el martes 24 de marzo a las 4:00 horas de la madrugada" indicaron en la cuenta de Twitter del organismo departamental.

Este es el decreto expedido desde la Gobernación del Valle: DECRETO TOQUE DE QUEDA VALLE DEL CAUCA

 

En la medida se exceptúan:

• Funcionarios y servidores públicos.
• Personal y establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, médicos veterinarios, ópticas, alimentos y medicina para animales y mascotas, productos ortopédicos, higiénicos, grifos, establecimientos de venta de combustible, también al personal de los establecimientos y locales comerciales gastronómicos, supermercados, establecimientos públicos que comercialicen licores o similares que presten servicio a domicilio y a los domiciliarios de aplicaciones digitales.
• Personal operativo del call center de domicilios, personal de servicios de entidades bancarias y financieras, de igual, al personal de servicios financieros esenciales, plataformas de comercio electrónico.
• Personal vinculado y relacionado con las actividades necesarias para el funcionamiento del Transporte Masivo-MIO y el transporte público debidamente acreditado.
• Los vehículos de servicio público individual debidamente identificados podrán movilizar personas desde y hacia los terminales, aéreos y terrestres, como también clínicas y hospitales. Una vez terminada su labor deberán dirigirse al sitio de domicilio.
• Personal de vigilancia, escolta y celaduría.
• Vehículos de emergencia médica y aquellos destinados a la atención domiciliaria de pacientes
• Personal sanitario como: médicos, enfermeros, personal administrativo de clínicas y hospitales.
• Se autoriza el tránsito de vehículos particulares en caso de urgencia
• Reporteros, periodistas, fotógrafos de medios de comunicación y distribuidores de medios de comunicación, al igual que, los conductores debidamente acreditados de los vehículos que sirven para el cubrimiento.
Quienes incumplan el decreto que rige a partir de su fecha de publicación, serán sujetos a los medios de policía y/o a las medidas correctivas contempladas en la ley 1801 de 2016.

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